DÍA DE LA BANDERA
Día de la Bandera Nacional de Honduras
Bandera Nacional de Honduras
HISTORIA DE LA BANDERA NACIONAL DE HONDURAS
La Bandera Nacional De Honduras fue creada bajo la presidencia de José María Medina, un 16 de febrero de 1866 en el decreto legislativo no 7. En esta etapa su diseño se inspiró en la bandera que representaba a las Provincias Unidas del Centro de América.
La Bandera y el Escudo de Honduras fueron usados por la Asamblea Nacional Constituyente de Centroamérica, aprobado el 21 de agosto de 1823 hasta 1838 que comprendió el periodo federal.
Por ende, en el año de 1851 que, la Representación Nacional de Centroamérica declaró como obligatorio el uso de la bandera de dos franjas azules y una blanca en el centro, así como el escudo de la Confederación de Centroamérica.
CRONOLOGÍA DE LA BANDERA DE HONDURAS
1823-1824
1824-1839
1839-1866
1866-1898
1866-1898
1898-1949
1949-2011
Usos de la Bandera
- La Bandera, como Símbolo Nacional, se le hace estar presente en todas las fiestas cívicas que la Nación celebración con motivo de alegría, para conmemorar fechas importantes de su historia, por los hechos heroicos de sus hijos o por los sucesos que la sumen en pena profunda.
- La Bandera Nacional no debe usarse para cubrir una estatua, ni retrato a desvelizarse. Se emplea solamente como fondo.
- Cuando la Bandera está presente en la Tribuna, debe ser por detrás y por encima del orador. Si se haya en asta portátil, ocupará la derecha del puesto de honor.
- Cuando se usan los colores de tu Bandera para decorar sitios en donde se celebran fiestas cívicas, se colocarán en el orden que corresponde: Azul, blanco y azul, ya sea su posición vertical u horizontal.
Guardar la Bandera
Para guardar la bandera se necesitan seguir estos pasos:
- Doblarla a lo largo en dos partes.
- Doblarla siempre a lo largo en dos partes.
- Comience en uno de los extremos doblándola de tal manera que que forme un triángulo.
- El sitio destinado a guardar la Bandera debe permanecer limpio y protegido contra el polvo y las polillas
Penas por el mal uso de la Bandera
Artículo 315: Quien ultraje alguno de los símbolos nacionales será sancionado con reclusión de dos (2) a cuatro (4) años, multa de cincuenta mil (L.50,000.00) a cien mil Lempiras (L.100,000.00) e inhabilitación especial por el doble del tiempo que dure la reclusión.
Adjunto video donde se explica de forma resumida la historia de nuestra querida Bandera:
-Marcella Hiromy
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